jueves, 24 de marzo de 2011

La Audiencia española anula el canon digital

Hace unos meses, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligaba al Ejecutivo español a cambiar la polémica tasa, ahora es la Audiencia Nacional quien ha declarado, en seis sentencias, nula la orden del ministerio de Presidencia que regula el canon digital por copia privada. 
 
La Sala de lo Contencioso-administrativo informó hoy que el Ejecutivo obvió varios pasos en la elaboración de la ley, como por ejemplo el dictamen del Consejo de Estado, ya que entiende que se trata de un reglamento dictado en ejecución de la Ley de Propiedad Intelectual. Por lo tanto, la orden está afectada de vicio radical que determina su nulidad de pleno derecho.
 
Este fallo no es firme y cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, una opción que las entidades de gestión de derechos están estudiando. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo explica que los demandantes, como la Asociación de Internautas, preguntaban si la orden de 2008, que modificó la Ley de Propiedad Intelectual para incorporar una directiva europea sobre copia digital y derechos de autor, era un reglamento o un acto administrativo como lo planteó el Ejecutivo.
 
El tribunal da la razón a los demandantes y considera que el texto “reúne todas las notas definitorias de las normas reglamentarias”. Asimismo, indica en la sentencia que “tiene vocación de ser aplicada reiteradamente de tal forma que su repetida aplicación no solo no agota sus efectos, sino que refuerza su vigencia” y matiza que, a diferencia de los actos administrativos, la orden recurrida es de carácter “general y abstracto, dirigido a una pluralidad de destinatarios definidos en principio de forma anónima”.
 
La resolución de la Audiencia Nacional añade que mientras los actos administrativos se limitan a aplicar el ordenamiento jurídico los reglamentos se insertan en ese ordenamiento jurídico innovándolo. En consecuencia, su aprobación habría exigido seguir el procedimiento de elaboración de los reglamentos, que en el caso requería determinados trámites, como el Consejo de Estado.
 
- ¿Qué es el canon digital?
Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CD, DVD o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.
 
- ¿Tasa o impuesto?
El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución. Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.
 
- ¿Quién decide las tarifas del canon?
Los ministerios de Cultura e Industria fijan los soportes y equipos a los que afecta el canon, así como la tarifa correspondiente en cada uno de ellos. Las tasas fueron fijadas el 18 de diciembre de 2007 y entraron en vigor el 1 de julio de 2008.
 
- ¿Cuáles son los soportes obligados a pagar el canon y cuáles son sus tarifas?
El Boletín Oficial del Estado establece las siguiente clasificación:
- Soporte CD-R (0,17 euros).
- Soporte CD-RW (0,22 euros).
- Soporte DVD-R (0,44 euros).
- Soporte DVD-RW (0,60 euros).
- Grabadora CD (0,60 euros).
- Grabadora CD+DVD (3,40 euros).
- Memoria USB (0,30 euros).
- Teléfonos móviles/PDA MP3 (1,10 euros).
- MP3 y MP4 (3,15 euros).
- Discos duros, integrados o no en equipos, o U Autónoma Almac (12 euros).
- Fotocopiadoras, dependiendo de la velocidad: entre 13 € y 227 € (tarifa ésta para copiadoras que sobrepasan las 70 copias/minuto)
- MF Inyección Tinta (7,95 euros).
- MF Láser (10 euros).
- Escáner (9 euros).
 
- ¿Adónde va el dinero del canon?
Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo.
En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).
 
- ¿Cuánto se recauda?
Aunque las previsiones de los detractores del canon calculaban que la recaudación ascendería a los 1.200 millones de euros, las entidades de gestión ingresaron 100,2 millones de euros el año pasado, mientras que en 2008 el canon digital supuso 83,3 millones de euros.
 
- Fundamentos legales:
En España, la legislación contempla por primera vez los derechos de autor en 1987 con la Ley de Propiedad Intelectual. En 1992 comienzan a gravarse los primeros artículos analógicos, aunque no es hasta 1996 cuando el texto refundido de la ley, en su artículo 25, obliga a poner en la factura el importe del canon y a cobrarlo.
En 2006 entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece una revisión o actualización de soportes sujetos a canon (lápices USB, reproductores MP3, teléfonos móviles que reproducen música, discos duros externos, etc.) y sus tarifas.
Esta actualización se plasma finalmente en una orden ministerial el 20 de junio de 2008. Afecta a una veintena de soportes y equipos electrónicos.
 
- ¿Qué otros países aplican el canon?
Veintidós países de la UE han implantado la tasa -aunque sin homogeneidad en cuanto a productos y porcentajes-, excepto Luxemburgo, Irlanda, Reino Unido, Malta y Chipre que carecen de este sistema. Las diferencias están en las tarifas.
Francia es el estado miembro que más grava los CD vírgenes. El canon sobre éstos es de 0,35 euros, mientras que en Alemania no llega 0,1 euros. En España es de 0,17 euros. En los DVD vírgenes la diferencia es aún mayor.
Dinamarca, Holanda y Portugal sólo aplican canon a los soportes de almacenamiento de vídeo y audio. Además de estos artículos, tienen canon los MP3 o grabadoras de CD en Austria, Alemania, Bélgica, Francia, Finlandia, Grecia, Hungría Italia, Islandia, Letonia, Lituania, Eslovaquia, España, República Checa, Polonia y Suecia.
 
- A favor y en contra:
Entre los defensores del canon está el Gobierno, así como las ocho entidades de gestión de derechos de autor que existen en España. Además, otras formaciones políticas como IU están a favor de la tasa pero consideran que debería gestionarse desde una entidad pública, o ERC, que también pone objeciones para no perjudicar a los usuarios.
 
Entre los detractores, algunos de ellos discuten la aplicación indiscriminada del canon y otros abogan por su total eliminación. En el ámbito político, el PP considera "injusto y arbitrario" el canon, y UPyD lo tilda de un "impuesto medieval".
 
Plataformas sociales como Todoscontraelcanon se han opuesto frontalmente, mientras que los empresarios organizados en ASIMELEC piden una rebaja del mismo, y los internautas, en una encuesta realizada por la Asociación para la Investigación de Medios mostraron por mayoría absoluta su oposición. 
 
Extraído de SUR.
 

5 comentarios:

  1. La sentencia es muy bonita de cara al exterior pero abre la puerta a la legalización del canon, una vez que hagan las cosas bien.
    Y corregirme si me equivoco pero se lava las manos en relación al dinero que hemos pagado todos de forma fraudulenta durante estos años.
    Los fraudulentos son ellos, no nosotros.

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  2. Pues sí, el tribunal no ha aceptado las pretensiones de algunos recurrentes de devolver lo recaudado por el canon digital, así que quedan impunes.

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  3. Lo pero es ahora que al perder efecto la orden ministerial de 2008, se tiene en cuenta la de 2006, que aunque imponía impuestos a menos productos, a los que se los aplicaba eran más caros que los actuales!!!

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  4. Es que me sigue sin quedar claro cómo el mismo disco, "Metallic Spheres" de The Orb y David Gilmour, uno que hace poco ha salido al mercado, cuesta 6,99£ en amazon.uk y 19,95€ en fnac.es. O un libro "Lonely Planet: Italy" cuesta 9,85£ allí y 27€ aquí. No estoy defendiendo amazon, de verdad, pero es que los precios de la cultura en España son ridículos y la única solución es a base de leyes, impuestos o criminalización. Insostenible.

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  5. ¿Solo en esos casos?
    Los precios de Amazon.uk son de risa comparados con los de aquí en muchos productos, ya no hablamos de Amazon.

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